COMPETENCIA - INTERVENCION DE LA CAMARA. COMPETENCIA - LEY APLICABLE. COMPETENCIA - TURNO. [Z20980]

En las causas en donde se interpusiera la vía recursiva, antes que comenzara a regir el Reglamento Transitorio (02-05-12) mediante resolución nº 3/2012 de la ley nº 6986, a fin de determinar la competencia funcional en razón del turno del Tribunal, deberá aplicarse el art. 40 de la ley Orgánica de Tribunales, vigente hasta la fecha de hacerse operativo el citado reglamento que modifica la forma de distribución de causas entre los miembros de la Cámara de Apelaciones y Control, compuesta por dos Salas (I y II) que conocerán por órden cronológico del 1 al 15 y del 16 a fin de cada mes, siendo determinante para ello, la fecha de la sentencia, auto o decreto recurrido.

Fallo Nro. 24813. Fecha 4-9-2012
Juez SUAREZ (SD)
CARATULA: R. J. L. S. H. C. P. E. s/ CUESTION DE COMPETENCIA

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