Las gestiones que se describen a continuación, deberán realizarse en el Juzgado de Familia de Turno (1º , 2º o 3º Nom), en el 1º piso o subsuelo del Palacio de Tribunales.
Guarda y Tenencia
Requisitos:
Acta de nacimiento del menor (legalizada y timbrada).
Del/los guardador/es:
Certificado de buena conducta;
Certificado de residencia;
Constancia de haberes;
Fotocopia de la 1º y 2º hoja del D.N.I.;
Declaración jurada ante la policía.
Datos principales de dos (2) testigos.
Guarda y Tenencia con Fines de Adopción
Requisitos:
Acta de nacimiento del menor (legalizada y timbrada).
Del/los guardador/es:
Acta de nacimiento (legalizada y timbrada)
Certificado de buena conducta actualizado, expedido por el Jefe de Policía de la Pcia. Con planilla de antecedentes;
Constancia de haberes.
Perfil psicológico.
Informe Socio-Ambiental realizado por la asistente social del juzgado y/o por medio de Oficio Ley 22.172.
Declaración de Incapacidad y Designación de Curador
Requisitos:
Certificados médicos, por lo menos dos (2) expedidos por distintos médicos.
Acreditación de vínculo: actas de matrimonio y/o nacimiento legalizadas y timbradas.