LEY Nº 7.022

Descargar Ley 7022


LEY Nº 7.022

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

ART. 1º - Créase la Cámara de Juicio Oral en lo Criminal y Correccional de Cuarta Nominación, con asiento en la Ciudad Capital de Santiago del Estero, con la competencia atribuida por las leyes de la materia.

ART. 2º - Impútase a la Unidad Presupuestaria 601 - Poder Judicial "Programa Administración de Justicia", el gasto que demande el cumplimiento de la presente ley.

ART. 3º - Derógase toda otra disposición que se oponga a la presente ley.

ART. 4º - DISPOSICION TRANSITORIA: Hasta tanto las disponibilidades presupuestarias permitan la cobertura de los nuevos cargos de Magistrados que la presente ley prevé, los demás tribunales continuarán manteniendo la estructura y competencia que les asignen las disposiciones legales en vigencia, quedando el Superior Tribunal de Justicia, autorizado a establecer la reestructuración correspondiente.

ART. 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Santiago del Estero, 14 de Junio de 2011.

 

BLANCA F. PORCEL DE RICOBELLI -Presidente Provisional

Dr. EDUARDO A. GOROSTIAGA- Secretario Legislativo


Área Desarrollo de Sistemas - Copyright © 2008 Poder Judicial de Sgo. del Estero.
Alvear e Yrigoyen - CP. 4200 - Conmutador: (0385) 450-7500 - Secretaría Privada S.T.J.: (0385) 450-7700 / 7701 - FAX: (0385) 450-7703