Las gestiones que se describen a continuación, deberán realizarse en el Juzgado de Familia de Turno (1º , 2º o 3º Nom), en el 1º piso o subsuelo del Palacio de Tribunales.
  • Guarda y Tenencia
  • Requisitos:
    • Acta de nacimiento del menor (legalizada y timbrada).
    • Del/los guardador/es:
      1. Certificado de buena conducta;
      2. Certificado de residencia;
      3. Constancia de haberes;
      4. Fotocopia de la 1º y 2º hoja del D.N.I.;
      5. Declaración jurada ante la policía.
    • Datos principales de dos (2) testigos.
  • Guarda y Tenencia con Fines de Adopción
  • Requisitos:
    • Acta de nacimiento del menor (legalizada y timbrada).
    • Del/los guardador/es:
      1. Acta de nacimiento (legalizada y timbrada)
      2. Certificado de buena conducta actualizado, expedido por el Jefe de Policía de la Pcia. Con planilla de antecedentes;
      3. Constancia de haberes.
    • Perfil psicológico.
    • Informe Socio-Ambiental realizado por la asistente social del juzgado y/o por medio de Oficio Ley 22.172.
  • Declaración de Incapacidad y Designación de Curador
  • Requisitos:
    • Certificados médicos, por lo menos dos (2) expedidos por distintos médicos.
    • Acreditación de vínculo: actas de matrimonio y/o nacimiento legalizadas y timbradas.

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