REGISTRO ÚNICO DE ASPIRANTES A LA ADOPCIÓN (RUA)

La información presente en esta página fue proporcionada por el Registro Único de Aspirantes a la Adopción.

ATENCION!: El Registro Único de Aspirantes a la Adopción está únicamente abierto para los residentes en la provincia.

La inscripción es gratuita y no requiere del patrocinio letrado de un abogado.

Podrán inscribirse las personas que reúnan los requisitos que dispone el Código Civil y Comercial; matrimonios, ambos integrantes de una unión convivencial o una única persona, mayores de veinticinco años de edad, excepto que su conyuge o conviviente, (que adopta conjuntamente), cumpla con ese requisito y que tengan residencia permanente en el país por un período mínimo de cinco años anteriores a la petición de la guarda con fines de adopción.

La inscripcion no es un trámite administrativo, sino un proceso que comienza con la presentación en el RUA de una nota manuscrita por parte del aspirante, dirigida al RUA, en la que en pocas palabras: se presentan solicitando la inscripción, (nombre, apellido, domicilio y teléfono/s), y manifiesten: las motivaciones que los llevan a adoptar, y las expectativas que tienen respecto al niño, niña o adolescente a adoptar. (edad, sexo, si pueden ser hermanos o mellizos y su situacion de salud)

La nota se acompañará con una foto color de los aspirantes o del aspirante (no carnet), requisitos con los cuales se los ingresará a un primer listado para ser posteriormente convocados para la participacion de Talleres de información y especiales.

Los Talleres son:

Estarán a cargo de las Coordinadoras, del encargado administrativo y del Equipo Técnico del RUA (a excepción del 5to) y se desarrollarán en horas de la mañana (de 8,30 a 11,30).

Para los asistentes que por sus actividades laborales deban acreditar su participación en los mismos se otorgarán certificados de asistencia ya que los Talleres son obligatorios.

Cumplida la participación en los talleres, se deberá presentar el resto de la documentación requerida como requisitos en el Anexo del Acuerdo de fecha 27-12-2017

Una vez completada la presentación de la documentación, se acordará la fecha para ser recibidos en una entrevista con integrantes del equipo técnico y posteriormente serán visitados en sus domicilios por un Trabjador Social, y citado para la/s entrevistas de diagnóstico interactivas con un Psicóclogo. La presencia de los aspirantes en el domicilio el día y en las entrevistas de diagnóstico interactivo se certificarán al igual que la de participación en los Talleres.

El proceso concluye con la elaboración del informe por parte de los integrantes del Equipo Técnico y el dictado de la resolución, de viabilidad o inviabilidad del proyecto adoptivo , la que será notificada a los aspirantes.

Cuando el o los postulantes no reúnan los requisitos que establece el Cógido Civil y Comercial de la Nación, no cumplan con las condiciones exigidas o los informes diagnósticos producidos por el equipo ténico especializado fueren desfavorables, serán declarados no viables por el coordinador en turno, mediante resolución fundada, la que será glosada al legajo respectivo.

Esta declaración no impedirá posteriores inscripciones del mismo pretenso adoptante una vez superadas las circunsatancias que motivaron la declaración de no viabilidad del proyecto

Declarada la viabilidad el o los postulante/s deberán ratificar cada seis (6) meses su deseo de adoptar personalmente en la sede del RUA. En caso de matrimonio o unión convivencial, bastará con la manifestación de uno de sus integrantes.

La ausencia de ratificación por dos períodos consecutivos operará la caducidad automática de la inscripcion y la exclusión del o los postulantes del listado. Los interesados podrán solicitar una nueva inscripción perdiendo el orden que ostentaban en la lista del Registro

La actualización de los informes diagnósticos interactivos será realizada cada dos (2) años por el Equipo Técnico Interdisciplinario del RUA, salvo que la Coordinación disponga su realización en un plazo menor, atendiendo a las circunstancias de cada caso

A los efectos de mejorar el aprovechamiento de los conceptos que se desarrollaran en los Talleres se recomienda concurrir habiendo hecho lectura de la Acordada de fecha 27-12-2017 y su Anexo, la Ley Provicincial de Protección Integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes N° 6915, y del Título VI del Código Civil y Comercial de la Nación, Capítulo 1, Adopcion, del Art. 594 a 637 inclusive (no excluyente)

Enlaces de interés:

ratificacion


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